Ocupación del territorio y desarrollo sostenible.
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Resumen en español
El presente artículo propone relacionar directamente la concepción al uso del “desarrollo sostenible” con los vigentes procesos de planificación territorial originados en la Constitución Política de 1991 y en la Ley 388 de 1997. Parte de la hipótesis básica que el desarrollo sostenible como principio rector de la política pública, debe permear toda perspectiva y estrategia de desarrollo desde el Plan Nacional de Desarrollo, hasta los Planes Municipales de Desarrollo, pasando por los Planes Departamentales de Desarrollo y por supuesto fundamentalmente por los Planes de ordenamiento territorial municipal. Se resalta como un aspecto que ensombrece esta posibilidad de integralidad entre el planeamiento a todas las escalas y el desarrollo sostenible, la inexistencia –a estas alturas- de una Ley Orgánica de Ordenamiento territorial -LOOT-, lo que arrastró también negativamente a que se declarará inexequible de la Ley 388 de 1997, la posibilidad de que Departamentos y Áreas metropolitanas pudiesen formular sus respectivos planes de ordenamiento territorial.